Fundación

Yo No Colaboro

Si, es así, soy una persona que no colabora, claro, YO NO COLABORO con :

Acción Tipo Descripción Estado / Clase
NO COLABORO Experimentación humana sin consentimiento Experimentación humana con fines poco éticos  publico privados Sin Consentimiento de la persona
NO COLABORO Ensayos Clínicos Ensayos  neurocognitivos no deseados  y robo de neurodatos Sin Consentimiento de la persona
NO COLABORO Pruebas Militares (TEP) Programas de Prueba y Evaluación (TEP) – pruebas de armas “no letales” en personas Sin Consentimiento de la persona
NO COLABORO Acuerdos Militares (MOU) Memoradum de Entendimiento (MOU) – Pruebas de nuevos armamentos clasificados como “no letales” en personas. Sin Consentimiento de la persona
NO COLABORO Laboratorio de Personas Usar a las personas como ratones de laboratorio Sin Consentimiento de la persona
NO COLABORO Difamación Difamar a una persona sin conocerla, solo me dejo llevar por rumores o documentación falsa Difamación encubierta
NO COLABORO Destrucción de Reputación Destrucción de la credibilidad y reputación de una persona Difamación encubierta
NO COLABORO Destrucción de familias Destrucción de personas y familias inocentes Visible o encubiertamente
NO COLABORO Campañas de ruido Campañas de ruidos en forma sistemática con el fin de crear el trauma llamado Misofonía en la persona Generación de ruidos de forma no visible o escondida de forma sistemática
NO COLABORO Facilitando mi hogar Facilitar mi hogar para vigilancia y acoso a un vecino o persona inocente En forma encubierta y sin consentimiento de la persona
NO COLABORO Facilitando mi hogar Facilitar mi hogar para que realicen pruebas con armas electromagnéticas de carácter militar daño de salud severo o la muerte.
NO COLABORO Acoso Comunitario Acoso Comunitario orquestado por un encargado de destruir a la persona Involucración Criminal con el crimen organizado

Todos estos puntos buscan en la víctima

Se busca Descripción Reacción esperada Posible resultado
Que sea Diagnosticada Que sea diagnosticada de persona con las facultades mentales no etables Algún acción violenta o exagerada ante una situación puntual. Diagnosticada de Esquizofrenia
Que sea Diagnosticada Que sea diagnosticada la persona de Violenta Al ser presionada la persona con armas electromagnéticas  se empuja a la reacción violenta Diagnosticada de violenta
Perdida Perdida de relaciones o familia Destrucción de familias, depresión y angustía Aislamiento
Perdida Perdida del trabajo Destrucción de vida profesional Aislamiento
EXPERIMENTACIÓN SIN CONSENTIMIENTO

La actividad delictiva Acoso Organizado o Gangstalking no es el fin, sino es una práctica para encubrir, esconder y ocultar prácticas ilegales de experimentación humana sin consentimiento.

Se busca desacreditar y destruir la reputación de las victimas que son objeto de experimentación.  El objetivo del acoso organizado es presionar a la victima de todas las maneras posibles en busca de una reacción inadecuada que deje a la persona diagnosticada con algún trastorno mental o sino como una persona violenta, así de esta manera pierda su credibilidad de lo que esta denunciando, y así seguir haciendo experimentación  sin  consentimiento.

 

 

QUE ES ACOSO ORGANIZADO O GANGSTALKING ?

Acoso Organizado o Gangstalking

Las conductas que abarcan este delito tienen una motivación de encubrir, esconder y ocultar prácticas de experimentación humana sin consentimiento en personas, en donde participan estructuras (público privadas) en donde  las fuerzas de seguridad y orden realizan programas de  pruebas y evaluación (TEP) militar de “Armas No Letales”  y/o ensayos clínicos que involucra el mal uso de la IA para el robo de Neurodatos y la intervención Neurocognitiva no deseada en personas sin autorización alguna.

El acoso organizado o gangstalking la víctima o victimario puede ser cualquier persona, independientemente del género. Este tipo o modalidad de acoso surge del término de origen anglosajón, comúnmente conocido como stalking (protection from harassment), y supone una intromisión indeseada, obsesiva, organizada y persistente (Sistemática) de un grupo de personas en la vida de otra, se constituye, por parte de una red de personas vagamente asociadas, pero que actúan de forma muy coordinada  según un patrón de conducta especifico , una suerte de estrategia de hostigamiento anormal, de larga duración y que está dirigido específicamente a una persona. Debe considerarse que esta persecución obsesiva requiere los siguientes elementos: que se lleve a cabo una serie de actos concatenados que constituyan un patrón de conducta, que sean de carácter no deseado (por tanto, sin anuencia de la víctima) y que le produzcan sentimientos de temor, claro malestar desasosiego, inquietud y/o peligro, impidiéndole llevar una vida normal y/o derivando en cuadros clínicos de ansiedad u otro daño psicológico o físico, lo que con el tiempo compromete seriamente el curso normal de la vida cotidiana. Es precisamente esa persecución, sin tregua ni descanso, la que interesa ser denunciada, perseguida y sancionada  en tribunales.

Importante : Cabe destacar que el acoso organizado o gangstalking no es el fin, sino el medio para desacreditar a la víctima ( que pierda credibilidad de lo que denuncia) para así poder seguir ejecutando el programa  de  experimentación humana sin consentimiento, en la cual fue incorporado ilegalmente.

 

¿ DONDE OCURREN ESTOS DELITOS ?

HOGAR DE LA VICTIMA

Estos delitos se perpetran en el propio hogar de la víctima, mayormente en la noche que es cuando esta durmiendo, siendo recurrente los asaltos a las 04:00 am de la madrugada.

Etapa Previa °.

Etapa previa al acoso es preparar al vecindario o comunidad, especialmente las casas o departamentos colindantes a la casa de la víctima. En esta etapa se difama y desacredita a la persona, los acosadores retuercen y fabrican historias falsas que desprestigien a la víctima, es fundamental para ganar adhesión y colaboración.

Primera FASE°.

Es el programa de acoso: utilizan Echelon, Tempest, microchips, implantes, ven a través de radares de pared, obtienen informantes, vecinos y cómplices para acosar, desacreditar, difamar y dañar a un individuo. Las víctimas pierden a sus familias, trabajos, hogares y automóviles. El objetivo final es destruir la vida de una persona, lo que la aislará de su familia y amigos. El aislamiento es necesario para tener acceso a la persona para realizar muchos de los experimentos con ella.

Segunda Fase °.-

Después de que una víctima queda aislada de todos en el mundo. La víctima ahora tiene sentimientos de arrepentimiento, remordimiento, pérdida, trauma y está agotada y destrozada emocional y físicamente. Comienza la experimentación clínica y militar que incluyen asaltos de Armas de Energía Dirigida (DEWś) y intervención Neurocognitiva no deseada en la victima.

Durante este tiempo a muchos se les han implantado Nanotecnología. Muchos comienzan a experimentar un dolor extremo en la cabeza. Algunos escuchan voces ( patente : US6470214B1) Luego el dolor se transmite a otras partes de sus cuerpos. El dolor lo entregan armas de energía dirigida.

¿ QUE PRUEBAS O ENSAYOS CLÍNICOS SE REALIZAN ?
Se  prueban ARMAS NEUROCOGNITIVAS & DEWŚ (Direct Energy Weapons)  en Programas de pruebas y evaluación (TEP) militares y Ensayos Clínicos no autorizados.

Se han identificado ensayos clínicos no autorizados que utilizan tecnología de armas no letales para observar respuestas fisiológicas en personas sin su consentimiento. Estos ensayos incluyen pruebas de acoplamiento biofísico, molecular e inducido, así como estudios sobre los efectos del uso intensivo de estas tecnologías.

Entre las tecnologías empleadas se encuentran:

  • Láseres y otros fenómenos luminosos.
  • Energía dirigida por radiofrecuencia.
  • Bioefectos aurales, como microondas pulsadas.
  • Infrasonido y ultrasonido.

Aunque estas tecnologías son presentadas como “no letales”, su uso intensivo o indebido puede tener efectos letales en los seres humanos. La ilegalidad de estos ensayos genera una profunda preocupación, particularmente debido a los riesgos asociados con la exposición a campos electromagnéticos vinculados a dispositivos como sistemas de radar, unidades de resonancia magnética o incluso pulsos de microondas de alta potencia.

Efectos en la Salud Humana

Los campos electromagnéticos influyen negativamente en los sistemas biológicos, provocando enfermedades inducidas, no naturales. Diversos estudios destacan efectos adversos para la salud, incluyendo:

  • Incremento del riesgo de cáncer.
  • Alteraciones en la reproducción y fertilidad.
  • Daños al sistema nervioso central, reduciendo la actividad motora.
  • Déficits en la función de la memoria espacial debido a microondas pulsadas.

Se evalúan los efectos biológicos de pulsos rápidos y de pulsos electromagnéticos de alta potencia, conocidos como asaltos mediante Armas de Energía Dirigida (DEW, por sus siglas en inglés). Estas tecnologías afectan gravemente la salud humana, provocando daños en el sistema nervioso central y reduciendo significativamente la actividad motora.

Además, se investigan los efectos de la exposición a campos magnéticos de frecuencias extremadamente bajas (ELF), evaluando su impacto en sistemas biológicos en personas inocentes.

 IA y las Áreas de Estudio en Estos Ensayos

Estos ensayos clínicos no autorizados y poco éticos están vinculados al uso de la inteligencia artificial (IA) en la medicina desde una perspectiva que desatiende los derechos humanos fundamentales. Muchos de los problemas identificados se derivan del diseño, la programación, el entrenamiento y el funcionamiento de los algoritmos, aspectos que van más allá de la responsabilidad directa del profesional de la salud.

El profesional de la salud, como agente moral, utiliza la IA como herramienta para lograr un propósito claro: el bienestar del paciente. Sin embargo, en estos casos, los ensayos clínicos priorizan intereses ajenos, relegando la vida humana afectada a un segundo plano.

El mal uso de la IA se extiende a diversas áreas, incluyendo la recopilación de datos con fines cuestionables que alteran, manipulan y afectan el comportamiento de individuos, grupos y comunidades.  Esto se realiza  sin el consentimiento de las personas involucradas, vulnerando su autonomía y derechos fundamentales.

  1. Efectos capacitantes:
    • Calentamiento por microondas.
    • Duración y ajuste del efecto.
    • Distribución de la sensibilidad humana.
  2. Efectos incapacitantes:
    • Audición inducida por microondas.
    • Alteración de funciones biológicas clave.
    • Alcance de la tecnología, que puede superar los cientos de metros.

Estos efectos son medidos deliberadamente en víctimas, generando un caos personal, rupturas familiares y consecuencias devastadoras.

Modus Operandi y Denuncia

Los ataques se realizan generalmente en los hogares de las víctimas, entre las 02:00 y las 06:00 a. m., aprovechando momentos de descanso. Este escenario transforma el hogar que es un espacio de seguridad y tranquilidad en un lugar de tortura y experimentación ilegal.

Estos actos constituyen crímenes de lesa humanidad al violar los derechos fundamentales de las personas y exponerlas a riesgos graves en su salud y bienestar.

 

¿ ESTÁN RECONOCIDOS ESTOS DELITOS ?

Así es, El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional , junto con el dictamen de la ONU  en su informe A/HRC/43/49 ha entendido que la CIBERTORTURA corresponden y constituyen crímenes de lesa humanidad dado su carácter de  ataques  dirigidos contra un número significativo de personas; mientras que el carácter sistemático se refiere a la naturaleza organizada de los actos de violencia, a la improbabilidad de que tengan un carácter fortuito y a la existencia de ciertos patrones en la ejecución de los actos, que se repitan regularmente.

ONU – NACIONES UNIDAS

Adicionalmente  se vulnera sistemáticamente nuestra legislación, la Ley 20.120 , referente a la investigación científica en seres humanos, en donde rigen los siguientes artículos :

Ley : 20.120 

Artículo 11.Toda investigación científica realizada con seres humanos deberá contar con el consentimiento previo, expreso, libre, informado, personal y por escrito de la persona. En el caso de menores de 18 años habrá de obtenerse siempre el acuerdo o su asentimiento teniendo en cuenta sus capacidades. La negativa del niño a participar o continuar en la investigación deberá ser respetada.

El consentimiento deberá constar en un acta firmada por la persona que ha de consentir en la investigación, por el investigador responsable o principal, en su caso, y por el director del centro o establecimiento donde ella se llevará a cabo, quien, además, actuará como ministro de fe.

Artículo 12º.- Se entiende por consentimiento informado la aquiescencia alcanzada a través de un proceso de comunicación y formalizada a través de un acta escrita, otorgada por la persona en quien se realizará la investigación o por su representante legal, en la cual se hace mención explícita al conocimiento que éste tiene acerca de los aspectos esenciales de la investigación, en especial su finalidad, los beneficios y riegos potenciales y los procedimientos o tratamientos alternativos.

En relación a la investigación científica con sujetos con discapacidad psíquica o intelectual se deberá tener en cuenta para todos los casos lo señalado en la Ley nº 20.584 que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud y su reglamentación pertinente. (Cuando la investigación incluya el otorgamiento y prestaciones o acciones de salud a personas que padezcan enfermedades mentales, éstas podrán dar su consentimiento en la forma prevista en el decreto supremo Nº 570 de 1998, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento para la Internación de las Personas con Enfermedades Mentales y sobre los Establecimientos que la proporcionan)

Vulneración de la Ley

El acoso organizado (Gangstalking) como vimos tiene por finalidad desestabilizar emocionalmente y psicológicamente a la persona y generar reacciones inadecuadas que lleven a la víctima a que sea diagnosticada que  padece alguna enfermedad mental, conjuntamente se busca reacciones limite que sea diagnosticada como violenta o inestable.

Esta situación habilita para que entre la víctima como candidato a los programas de Ensayos clínicos que no cuentan con autorización ni consentimiento alguno, lo cual es un delito gravísimo que pone en alto riesgo la vida e integridad física y psíquica de personas inocentes.

Son  vulneradas las garantías constitucionales contenidas en los numerales 1, 4, 6 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, junto con la ley 20.120 / 20.578 / 19.628 / y Decreto supremo N° 570 de 1998  y sus artículos expuestos, son vulnerados sistemáticamente a través de las actividades de experimentación en civiles sin consentimiento alguno.

Es decir, la población civil pasa a ser un LABORATORIO ABIERTO  GRATIS en que cualquier persona sin previo aviso, ni razón alguna puede ser objeto de ensayos clínicos y programas militares encubiertos.

 

 

SE UNA PERSONA QUE NO COLABORA CON ESTOS CRIMENES QUE DESTRUYEN FAMILIAS

Te invitamos a DENUNCIAR estas practicas delictivas ejercidas por personas de carácter militar, policial o institucional.

Se acercaran a ti, solicitando colaboración dado `` que tu vecino es un terrorista, que esta bajo observación, que es de interés, que es traficante, etc..etc..`` TODO ESE DISCURSO ES FALSO, y solo pretende ganar tu adhesión en el Acoso, experimentación y destrucción de la persona que es tu vecino.

AYÚDANOS A DETENER  “EL TERRORISMO DOMÉSTICO ”  EJERCIDO POR EMPRESAS PUBLICO PRIVADAS  (CORRUPCIÓN INSTITUCIONAL)